Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo
Código
Telfax: 2573-6615
Barrio Nuevo, El Tejar de El Guarco
Circuito 06
Normativa Interna para el Ingreso y Permanencia de la Población Estudiantil
Y Personas Particulares en las instalaciones de la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo
Tomando en consideración la directriz establecida en la Circular DM-019-07-11, del día 26 de julio de 2011, firmado por el Dr. Leonardo Garnier Rímolo. Ministro de Educación Pública, sobre el ingreso y permanencia de la población estudiantil y personas particulares en las instalaciones educativas, se norma lo siguiente en la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo.
Consideraciones generales:
Artículo I: Para efectos de esta Normativa, se conceptualizan los siguientes términos:
Alumno regular: persona debidamente matriculada en la institución en alguna de sus modalidades que son preescolar, I ciclo, II ciclo y III ciclo; ya sea que inicie sus estudios en la fecha de entrada oficial ó que cumplió con los requisitos de traslado estipulados en el Reglamento de Matrícula y Traslados del Ministerio de Educación Pública.
Padre de Familia: persona mayor de edad quién tiene a cargo la Patria Postestad, que le permite realizar las gestiones de matrícula de una o varias personas menores de edad. Puede tratarse del padre o la madre (biológico, por encargo legal o crianza, debidamente comprobado) que ha realizado las gestiones de matrícula y/o traslado y que representa en todos sus actos al estudiante bajo su tutela.
Personas particulares: se consideran personas particulares a aquellos exalumnos, servidores del Ministerio de Educación, proveedores de bienes y servicios y visitantes en general que deben realizar gestiones en la institución.
Artículo II: De la entrada al centro educativo por parte de los y las estudiantes:
Como institución pública, que brinda servicio público gratuito, se considera hora de entrada para los estudiantes y docentes, la hora de inicio oficial de la jornada escolar respectiva: 7.00 a.m. en caso de la mañana y 12.30 p.m. para la jornada de la tarde. Esta podría variar de acuerdo a las necesidades o con justificación convocada debido a: 1.- Reuniones de personal promovidas por autoridades competentes; 2.- capacitaciones al personal docente y/o estudiantes promovidas por autoridades competentes; 3.- ingreso diferenciado y 4.- cualquier otra, debido a condiciones externas que así lo justifique.
Artículo III: De variarse la hora de entrada por algunas de las razones contenidas en los puntos 1, 2 o 3 del artículo anterior; el o la docente deberá de informar por escrito a los padres de familia con al menos 24 horas de anticipación, con la finalidad de que se tomen las medidas necesarias y evitar la exposición de los estudiantes en las afueras del plantel institucional. Si se incumple esta acción y el estudiante permanece en las afueras de la institución, la seguridad del menor será responsabilidad del padre de familia respectivo.
Artículo IV: Luego de la hora de entrada y orientados por los principios de la sana crítica y el sentido común, los estudiantes ingresarán al centro educativo contabilizándose la llegada tardía a partir de la hora oficial, hasta los 15 minutos siguientes. La única excepción a la misma se permite a los casos debidamente justificados o por fuerza mayor.
Artículo V: De la entrada al Centro Educativo de los padres, madres y/o encargados legales. Por lo que se norman las siguientes situaciones:
1.- Solicitud de entrevista al padre de familia por parte de la docente: cuando por alguna situación especial el padre de familia sea llamado a conversar con la docente; el docente deberá enviar la respectiva boleta al padre de familia, donde se especifica el día y la hora en que lo podrá atender. El padre de familia deberá presentar la boleta al Agente de Seguridad y Vigilancia e la entrada (la boleta se quedará con el Agente de Seguridad y Vigilancia). Para autorizar su ingreso, el Agente de Seguridad y Vigilancia, consignará en el formulario respectivo los siguientes datos personales: hora de entrada, nombre y dos apellidos, número de cédula (o pasaporte si es el caso), gestión a realizar y firma. Tendrá que mostrar un documento de identificación personal (con fotografía). Al abandonar el plantel escolar se consignará su hora de salida. En el caso de traer un maletín, boldo o similares, deberá mostrar al Agente de Seguridad y Vigilancia su contenido.
En el momento en que la Institución cuente con algún dispositivo adicional de seguridad, se les informará su funcionamiento.
2.- Solicitud de entrevista con la docente por parte del Padre de Familia: la entrevista puede ser solicitada por el padre, madre de familia y/o encargado legal. Este enviará una solicitud al docente, quién le remitirá una boleta con la cita respectiva, donde específica día y hora en que será atendido por él o ella. El padre de familia deberá presentar la boleta al Agente de Seguridad y Vigilancia en la entrada (la boleta debe quedarse con el Agente de Seguridad y Vigilancia). Para autorizar su ingreso y la salida el Agente de Seguridad y Vigilancia debe seguir el protocolo antes mencionado.
3.- Entrevista con el docente por parte del padre de familia y/o encargado en caso de suma urgencia: El padre de familia y/o encargado legal deberá esperar a que el docente entre a su aula y sus estudiantes estén sentados. Se solicita la “entrevista de urgencia” al Agente de Seguridad y vigilancia. Este remite la solicitud verbal al docente y a partir de ahí se sigue con el protocolo ordinario.
4.- Solicitud de entrevista al padre de familia por parte de la Dirección Institucional y/u otro docente: los padres de familia pueden ser convocados por la Dirección Institucional u otro docente, para ello se le remitirá la Boleta de autorización para ingresar al Centro Educativo. Deberá presentar la Boleta de ingreso en la fecha y hora indicada y a partir de este momento deberá seguirse el protocolo establecido.
5.- Solicitud de entrevista con la Dirección Institucional u otro docente por parte del padre de familia o encargado legal del estudiante: El padre encargado legal enviará una solicitud de entrevista a la Dirección Institucional o al docente con quién desea reunirse. Cualquiera de estas instancias le remitirá una Boleta con la fecha y hora de la cita. A partir de este momento se sigue con el protocolo antes mencionado.
6.- Ingreso de padres de familia a reuniones generales o de sección: Cuando la Dirección Institucional, o la docente haga la convocatoria para este tipo de reuniones, el padre de familia, para poder ingresar se presentará ante el Agente de Seguridad y Vigilancia, quién consignará en su acta respectiva la información requerida. A partir de este momento se continuará con el protocolo antes mencionado.
7.- Ingreso de usuarios en general: las demás personas que se catalogan como usuarios (sean autoridades educativas o no). Deberán presentarse ante el Agente de Seguridad y vigilancia y seguir con el protocolo antes determinado.
De esta disposición quedan excluidas las tesoreras de los grupos de apoyo de las secciones, a quienes la Dirección Institucional otorgará un carné de identificación.
8.- Los proveedores del Comedor Escolar: estos deberán presentarse perfectamente identificados y utilizarán la entrada dispuesta para tal efecto en los días designados para este servicio. Por esta entrada se prohíbe el ingreso y salida de estudiantes, docentes y particulares.
Artículo VI: De la forma de vestir para poder ingresar al Centro Educativo: Los y las estudiantes ingresarán al Centro Educativo portando el uniforme respectivo: para preescolar: las niñas gabacha celeste y los niños gabacha celeste y pantalón azul. Para I y II ciclo para las niñas camisa blanca y pantalón o enagua azul, zapatos negros y medias azules, para los niños camisa blanca, pantalón azul, zapatos negros y medias azules y para el III ciclo los adolescentes con pantalón azul y camisa celeste y las adolescentes con pantalón o enagua azul y camisa celeste. Excepcionalmente y cuando sea debidamente autorizado, podrá hacerlo en ropa particular, pero siempre procurando mantener Los padres de familia y/o encargados legales, y otros usuarios deberán vestir con decoro, de acuerdo a sus posibilidades.
Artículo VII: De las condiciones de ingreso a la Institución: No se permitirá el ingreso de personas en estado etílico evidente, portando armas o cualquier tipo de actitudes agresivas y violentas. Salvo las excepciones de rigor debido a situaciones de urgencia, emergencia o debidamente comprobadas.
Artículo VIII: De la salida anticipada de los estudiantes: los estudiantes podrán salir en horas anticipadas a la finalización de la jornada escolar respectiva, a consideración de los padres de familia, debido a múltiples razones, entre las cuales se encuentran: citas médicas, solicitud de padre de familia o encargado y otros. Para ello y siendo consecuentes con el disfrute de la Patria Potestad, el padre, la madre o el encargado legal deberá solicitarlo por escrito en el Cuaderno de Comunicados.
El docente encargado le dará el visto bueno con su firma en la boleta para tal fin, o en el Cuaderno de Comunicados y el estudiante lo presentará ante el Agente de Seguridad y vigilancia para poder salir de la Institución. El Agente de Seguridad y Vigilancia anotará en el Acta respectiva los datos del estudiante que sale de la Institución.
No podrán retirar estudiantes: personas menores de edad salvo solicitud expresa (escrita con copia de cédula acompañándola) del padre, madre o encargado (solamente en casos de fuerza mayor. La responsabilidad y seguridad del o la estudiante, una vez que abandone las instalaciones de la Institución, quedará en manos del solicitante.
Artículo IX: De la permanencia de estudiantes en el centro educativo luego de la salida oficial: De acuerdo a la responsabilidad que tenemos, ningún estudiante podrá permanecer más de 20 minutos dentro del campus institucional luego de la salida oficial, sin justificación alguna. El irrespeto a lo contenido en este artículo, permitirá proceder a dar parte a las autoridades del Patronato Nacional de la Infancia, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
Artículo X: De encontrarse dentro de las instalaciones a personas no autorizadas por el Agente de Seguridad y Vigilancia, o por omitir controles de seguridad establecidos en el protocolo, se le solicitará el retiro inmediato swl campus. De continuar en su negativa a abandonar las instalaciones se procederá a ser retirado por la Fuerza Pública u otra autoridad judicial competente.
Artículo XI: Rige a partir del día hábil siguiente a la comunicación a los padres de familia y que se evidencie el proceso de divulgación de esta Normativa específica.
Barrio Nuevo, El tejar de El Guarco.
Estimad don Oscar
ResponderEliminarComo vecino de la comunidad me siento muy orgulloso de contar con una institución educativa de la calidad de la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo. Dentro de esto, valoramos el trabajo que se hace en la biblioteca para promover la lectura entre los niños, niñas y jóvenes de nuestra comunidad. Se destaca el trabajo que usted hace como bibliotecólogo no solo dentro de la biblioteca, sino también en las diversas actividades isntitucionales. ¡Me alegra mucho que el MEP esté fortaleciendo las bibliotecas como centros de recursos. Mis feclicitacionse y deseo que siga adelante.
Solidaridad y civismo es aquel que se debe proporcionar en la divulgación del mes patrio y aprovechar cualquier espacio, como este inclusive, para promover identidad, posicionamiento, no solo de la comunidad en la que laboramos del país como un todo. Felicidades por tu blog.
ResponderEliminar