Biblioteca Escolar UPBN
La Biblioteca Escolar de la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo en el Guraco de Cartago atiende a 800 estudiantes cuyas edades oscilan entre los 5 y los 18 años. El objetivo de la Biblioteca es insertarse en el desarrollo curricular de la Institución.
martes, 3 de noviembre de 2015
martes, 6 de septiembre de 2011
Reglamento de Ingreso a la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo
Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo
Código
Telfax: 2573-6615
Barrio Nuevo, El Tejar de El Guarco
Circuito 06
Normativa Interna para el Ingreso y Permanencia de la Población Estudiantil
Y Personas Particulares en las instalaciones de la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo
Tomando en consideración la directriz establecida en la Circular DM-019-07-11, del día 26 de julio de 2011, firmado por el Dr. Leonardo Garnier Rímolo. Ministro de Educación Pública, sobre el ingreso y permanencia de la población estudiantil y personas particulares en las instalaciones educativas, se norma lo siguiente en la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo.
Consideraciones generales:
Artículo I: Para efectos de esta Normativa, se conceptualizan los siguientes términos:
Alumno regular: persona debidamente matriculada en la institución en alguna de sus modalidades que son preescolar, I ciclo, II ciclo y III ciclo; ya sea que inicie sus estudios en la fecha de entrada oficial ó que cumplió con los requisitos de traslado estipulados en el Reglamento de Matrícula y Traslados del Ministerio de Educación Pública.
Padre de Familia: persona mayor de edad quién tiene a cargo la Patria Postestad, que le permite realizar las gestiones de matrícula de una o varias personas menores de edad. Puede tratarse del padre o la madre (biológico, por encargo legal o crianza, debidamente comprobado) que ha realizado las gestiones de matrícula y/o traslado y que representa en todos sus actos al estudiante bajo su tutela.
Personas particulares: se consideran personas particulares a aquellos exalumnos, servidores del Ministerio de Educación, proveedores de bienes y servicios y visitantes en general que deben realizar gestiones en la institución.
Artículo II: De la entrada al centro educativo por parte de los y las estudiantes:
Como institución pública, que brinda servicio público gratuito, se considera hora de entrada para los estudiantes y docentes, la hora de inicio oficial de la jornada escolar respectiva: 7.00 a.m. en caso de la mañana y 12.30 p.m. para la jornada de la tarde. Esta podría variar de acuerdo a las necesidades o con justificación convocada debido a: 1.- Reuniones de personal promovidas por autoridades competentes; 2.- capacitaciones al personal docente y/o estudiantes promovidas por autoridades competentes; 3.- ingreso diferenciado y 4.- cualquier otra, debido a condiciones externas que así lo justifique.
Artículo III: De variarse la hora de entrada por algunas de las razones contenidas en los puntos 1, 2 o 3 del artículo anterior; el o la docente deberá de informar por escrito a los padres de familia con al menos 24 horas de anticipación, con la finalidad de que se tomen las medidas necesarias y evitar la exposición de los estudiantes en las afueras del plantel institucional. Si se incumple esta acción y el estudiante permanece en las afueras de la institución, la seguridad del menor será responsabilidad del padre de familia respectivo.
Artículo IV: Luego de la hora de entrada y orientados por los principios de la sana crítica y el sentido común, los estudiantes ingresarán al centro educativo contabilizándose la llegada tardía a partir de la hora oficial, hasta los 15 minutos siguientes. La única excepción a la misma se permite a los casos debidamente justificados o por fuerza mayor.
Artículo V: De la entrada al Centro Educativo de los padres, madres y/o encargados legales. Por lo que se norman las siguientes situaciones:
1.- Solicitud de entrevista al padre de familia por parte de la docente: cuando por alguna situación especial el padre de familia sea llamado a conversar con la docente; el docente deberá enviar la respectiva boleta al padre de familia, donde se especifica el día y la hora en que lo podrá atender. El padre de familia deberá presentar la boleta al Agente de Seguridad y Vigilancia e la entrada (la boleta se quedará con el Agente de Seguridad y Vigilancia). Para autorizar su ingreso, el Agente de Seguridad y Vigilancia, consignará en el formulario respectivo los siguientes datos personales: hora de entrada, nombre y dos apellidos, número de cédula (o pasaporte si es el caso), gestión a realizar y firma. Tendrá que mostrar un documento de identificación personal (con fotografía). Al abandonar el plantel escolar se consignará su hora de salida. En el caso de traer un maletín, boldo o similares, deberá mostrar al Agente de Seguridad y Vigilancia su contenido.
En el momento en que la Institución cuente con algún dispositivo adicional de seguridad, se les informará su funcionamiento.
2.- Solicitud de entrevista con la docente por parte del Padre de Familia: la entrevista puede ser solicitada por el padre, madre de familia y/o encargado legal. Este enviará una solicitud al docente, quién le remitirá una boleta con la cita respectiva, donde específica día y hora en que será atendido por él o ella. El padre de familia deberá presentar la boleta al Agente de Seguridad y Vigilancia en la entrada (la boleta debe quedarse con el Agente de Seguridad y Vigilancia). Para autorizar su ingreso y la salida el Agente de Seguridad y Vigilancia debe seguir el protocolo antes mencionado.
3.- Entrevista con el docente por parte del padre de familia y/o encargado en caso de suma urgencia: El padre de familia y/o encargado legal deberá esperar a que el docente entre a su aula y sus estudiantes estén sentados. Se solicita la “entrevista de urgencia” al Agente de Seguridad y vigilancia. Este remite la solicitud verbal al docente y a partir de ahí se sigue con el protocolo ordinario.
4.- Solicitud de entrevista al padre de familia por parte de la Dirección Institucional y/u otro docente: los padres de familia pueden ser convocados por la Dirección Institucional u otro docente, para ello se le remitirá la Boleta de autorización para ingresar al Centro Educativo. Deberá presentar la Boleta de ingreso en la fecha y hora indicada y a partir de este momento deberá seguirse el protocolo establecido.
5.- Solicitud de entrevista con la Dirección Institucional u otro docente por parte del padre de familia o encargado legal del estudiante: El padre encargado legal enviará una solicitud de entrevista a la Dirección Institucional o al docente con quién desea reunirse. Cualquiera de estas instancias le remitirá una Boleta con la fecha y hora de la cita. A partir de este momento se sigue con el protocolo antes mencionado.
6.- Ingreso de padres de familia a reuniones generales o de sección: Cuando la Dirección Institucional, o la docente haga la convocatoria para este tipo de reuniones, el padre de familia, para poder ingresar se presentará ante el Agente de Seguridad y Vigilancia, quién consignará en su acta respectiva la información requerida. A partir de este momento se continuará con el protocolo antes mencionado.
7.- Ingreso de usuarios en general: las demás personas que se catalogan como usuarios (sean autoridades educativas o no). Deberán presentarse ante el Agente de Seguridad y vigilancia y seguir con el protocolo antes determinado.
De esta disposición quedan excluidas las tesoreras de los grupos de apoyo de las secciones, a quienes la Dirección Institucional otorgará un carné de identificación.
8.- Los proveedores del Comedor Escolar: estos deberán presentarse perfectamente identificados y utilizarán la entrada dispuesta para tal efecto en los días designados para este servicio. Por esta entrada se prohíbe el ingreso y salida de estudiantes, docentes y particulares.
Artículo VI: De la forma de vestir para poder ingresar al Centro Educativo: Los y las estudiantes ingresarán al Centro Educativo portando el uniforme respectivo: para preescolar: las niñas gabacha celeste y los niños gabacha celeste y pantalón azul. Para I y II ciclo para las niñas camisa blanca y pantalón o enagua azul, zapatos negros y medias azules, para los niños camisa blanca, pantalón azul, zapatos negros y medias azules y para el III ciclo los adolescentes con pantalón azul y camisa celeste y las adolescentes con pantalón o enagua azul y camisa celeste. Excepcionalmente y cuando sea debidamente autorizado, podrá hacerlo en ropa particular, pero siempre procurando mantener Los padres de familia y/o encargados legales, y otros usuarios deberán vestir con decoro, de acuerdo a sus posibilidades.
Artículo VII: De las condiciones de ingreso a la Institución: No se permitirá el ingreso de personas en estado etílico evidente, portando armas o cualquier tipo de actitudes agresivas y violentas. Salvo las excepciones de rigor debido a situaciones de urgencia, emergencia o debidamente comprobadas.
Artículo VIII: De la salida anticipada de los estudiantes: los estudiantes podrán salir en horas anticipadas a la finalización de la jornada escolar respectiva, a consideración de los padres de familia, debido a múltiples razones, entre las cuales se encuentran: citas médicas, solicitud de padre de familia o encargado y otros. Para ello y siendo consecuentes con el disfrute de la Patria Potestad, el padre, la madre o el encargado legal deberá solicitarlo por escrito en el Cuaderno de Comunicados.
El docente encargado le dará el visto bueno con su firma en la boleta para tal fin, o en el Cuaderno de Comunicados y el estudiante lo presentará ante el Agente de Seguridad y vigilancia para poder salir de la Institución. El Agente de Seguridad y Vigilancia anotará en el Acta respectiva los datos del estudiante que sale de la Institución.
No podrán retirar estudiantes: personas menores de edad salvo solicitud expresa (escrita con copia de cédula acompañándola) del padre, madre o encargado (solamente en casos de fuerza mayor. La responsabilidad y seguridad del o la estudiante, una vez que abandone las instalaciones de la Institución, quedará en manos del solicitante.
Artículo IX: De la permanencia de estudiantes en el centro educativo luego de la salida oficial: De acuerdo a la responsabilidad que tenemos, ningún estudiante podrá permanecer más de 20 minutos dentro del campus institucional luego de la salida oficial, sin justificación alguna. El irrespeto a lo contenido en este artículo, permitirá proceder a dar parte a las autoridades del Patronato Nacional de la Infancia, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
Artículo X: De encontrarse dentro de las instalaciones a personas no autorizadas por el Agente de Seguridad y Vigilancia, o por omitir controles de seguridad establecidos en el protocolo, se le solicitará el retiro inmediato swl campus. De continuar en su negativa a abandonar las instalaciones se procederá a ser retirado por la Fuerza Pública u otra autoridad judicial competente.
Artículo XI: Rige a partir del día hábil siguiente a la comunicación a los padres de familia y que se evidencie el proceso de divulgación de esta Normativa específica.
Barrio Nuevo, El tejar de El Guarco.
Código
Telfax: 2573-6615
Barrio Nuevo, El Tejar de El Guarco
Circuito 06
Normativa Interna para el Ingreso y Permanencia de la Población Estudiantil
Y Personas Particulares en las instalaciones de la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo
Tomando en consideración la directriz establecida en la Circular DM-019-07-11, del día 26 de julio de 2011, firmado por el Dr. Leonardo Garnier Rímolo. Ministro de Educación Pública, sobre el ingreso y permanencia de la población estudiantil y personas particulares en las instalaciones educativas, se norma lo siguiente en la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo.
Consideraciones generales:
Artículo I: Para efectos de esta Normativa, se conceptualizan los siguientes términos:
Alumno regular: persona debidamente matriculada en la institución en alguna de sus modalidades que son preescolar, I ciclo, II ciclo y III ciclo; ya sea que inicie sus estudios en la fecha de entrada oficial ó que cumplió con los requisitos de traslado estipulados en el Reglamento de Matrícula y Traslados del Ministerio de Educación Pública.
Padre de Familia: persona mayor de edad quién tiene a cargo la Patria Postestad, que le permite realizar las gestiones de matrícula de una o varias personas menores de edad. Puede tratarse del padre o la madre (biológico, por encargo legal o crianza, debidamente comprobado) que ha realizado las gestiones de matrícula y/o traslado y que representa en todos sus actos al estudiante bajo su tutela.
Personas particulares: se consideran personas particulares a aquellos exalumnos, servidores del Ministerio de Educación, proveedores de bienes y servicios y visitantes en general que deben realizar gestiones en la institución.
Artículo II: De la entrada al centro educativo por parte de los y las estudiantes:
Como institución pública, que brinda servicio público gratuito, se considera hora de entrada para los estudiantes y docentes, la hora de inicio oficial de la jornada escolar respectiva: 7.00 a.m. en caso de la mañana y 12.30 p.m. para la jornada de la tarde. Esta podría variar de acuerdo a las necesidades o con justificación convocada debido a: 1.- Reuniones de personal promovidas por autoridades competentes; 2.- capacitaciones al personal docente y/o estudiantes promovidas por autoridades competentes; 3.- ingreso diferenciado y 4.- cualquier otra, debido a condiciones externas que así lo justifique.
Artículo III: De variarse la hora de entrada por algunas de las razones contenidas en los puntos 1, 2 o 3 del artículo anterior; el o la docente deberá de informar por escrito a los padres de familia con al menos 24 horas de anticipación, con la finalidad de que se tomen las medidas necesarias y evitar la exposición de los estudiantes en las afueras del plantel institucional. Si se incumple esta acción y el estudiante permanece en las afueras de la institución, la seguridad del menor será responsabilidad del padre de familia respectivo.
Artículo IV: Luego de la hora de entrada y orientados por los principios de la sana crítica y el sentido común, los estudiantes ingresarán al centro educativo contabilizándose la llegada tardía a partir de la hora oficial, hasta los 15 minutos siguientes. La única excepción a la misma se permite a los casos debidamente justificados o por fuerza mayor.
Artículo V: De la entrada al Centro Educativo de los padres, madres y/o encargados legales. Por lo que se norman las siguientes situaciones:
1.- Solicitud de entrevista al padre de familia por parte de la docente: cuando por alguna situación especial el padre de familia sea llamado a conversar con la docente; el docente deberá enviar la respectiva boleta al padre de familia, donde se especifica el día y la hora en que lo podrá atender. El padre de familia deberá presentar la boleta al Agente de Seguridad y Vigilancia e la entrada (la boleta se quedará con el Agente de Seguridad y Vigilancia). Para autorizar su ingreso, el Agente de Seguridad y Vigilancia, consignará en el formulario respectivo los siguientes datos personales: hora de entrada, nombre y dos apellidos, número de cédula (o pasaporte si es el caso), gestión a realizar y firma. Tendrá que mostrar un documento de identificación personal (con fotografía). Al abandonar el plantel escolar se consignará su hora de salida. En el caso de traer un maletín, boldo o similares, deberá mostrar al Agente de Seguridad y Vigilancia su contenido.
En el momento en que la Institución cuente con algún dispositivo adicional de seguridad, se les informará su funcionamiento.
2.- Solicitud de entrevista con la docente por parte del Padre de Familia: la entrevista puede ser solicitada por el padre, madre de familia y/o encargado legal. Este enviará una solicitud al docente, quién le remitirá una boleta con la cita respectiva, donde específica día y hora en que será atendido por él o ella. El padre de familia deberá presentar la boleta al Agente de Seguridad y Vigilancia en la entrada (la boleta debe quedarse con el Agente de Seguridad y Vigilancia). Para autorizar su ingreso y la salida el Agente de Seguridad y Vigilancia debe seguir el protocolo antes mencionado.
3.- Entrevista con el docente por parte del padre de familia y/o encargado en caso de suma urgencia: El padre de familia y/o encargado legal deberá esperar a que el docente entre a su aula y sus estudiantes estén sentados. Se solicita la “entrevista de urgencia” al Agente de Seguridad y vigilancia. Este remite la solicitud verbal al docente y a partir de ahí se sigue con el protocolo ordinario.
4.- Solicitud de entrevista al padre de familia por parte de la Dirección Institucional y/u otro docente: los padres de familia pueden ser convocados por la Dirección Institucional u otro docente, para ello se le remitirá la Boleta de autorización para ingresar al Centro Educativo. Deberá presentar la Boleta de ingreso en la fecha y hora indicada y a partir de este momento deberá seguirse el protocolo establecido.
5.- Solicitud de entrevista con la Dirección Institucional u otro docente por parte del padre de familia o encargado legal del estudiante: El padre encargado legal enviará una solicitud de entrevista a la Dirección Institucional o al docente con quién desea reunirse. Cualquiera de estas instancias le remitirá una Boleta con la fecha y hora de la cita. A partir de este momento se sigue con el protocolo antes mencionado.
6.- Ingreso de padres de familia a reuniones generales o de sección: Cuando la Dirección Institucional, o la docente haga la convocatoria para este tipo de reuniones, el padre de familia, para poder ingresar se presentará ante el Agente de Seguridad y Vigilancia, quién consignará en su acta respectiva la información requerida. A partir de este momento se continuará con el protocolo antes mencionado.
7.- Ingreso de usuarios en general: las demás personas que se catalogan como usuarios (sean autoridades educativas o no). Deberán presentarse ante el Agente de Seguridad y vigilancia y seguir con el protocolo antes determinado.
De esta disposición quedan excluidas las tesoreras de los grupos de apoyo de las secciones, a quienes la Dirección Institucional otorgará un carné de identificación.
8.- Los proveedores del Comedor Escolar: estos deberán presentarse perfectamente identificados y utilizarán la entrada dispuesta para tal efecto en los días designados para este servicio. Por esta entrada se prohíbe el ingreso y salida de estudiantes, docentes y particulares.
Artículo VI: De la forma de vestir para poder ingresar al Centro Educativo: Los y las estudiantes ingresarán al Centro Educativo portando el uniforme respectivo: para preescolar: las niñas gabacha celeste y los niños gabacha celeste y pantalón azul. Para I y II ciclo para las niñas camisa blanca y pantalón o enagua azul, zapatos negros y medias azules, para los niños camisa blanca, pantalón azul, zapatos negros y medias azules y para el III ciclo los adolescentes con pantalón azul y camisa celeste y las adolescentes con pantalón o enagua azul y camisa celeste. Excepcionalmente y cuando sea debidamente autorizado, podrá hacerlo en ropa particular, pero siempre procurando mantener Los padres de familia y/o encargados legales, y otros usuarios deberán vestir con decoro, de acuerdo a sus posibilidades.
Artículo VII: De las condiciones de ingreso a la Institución: No se permitirá el ingreso de personas en estado etílico evidente, portando armas o cualquier tipo de actitudes agresivas y violentas. Salvo las excepciones de rigor debido a situaciones de urgencia, emergencia o debidamente comprobadas.
Artículo VIII: De la salida anticipada de los estudiantes: los estudiantes podrán salir en horas anticipadas a la finalización de la jornada escolar respectiva, a consideración de los padres de familia, debido a múltiples razones, entre las cuales se encuentran: citas médicas, solicitud de padre de familia o encargado y otros. Para ello y siendo consecuentes con el disfrute de la Patria Potestad, el padre, la madre o el encargado legal deberá solicitarlo por escrito en el Cuaderno de Comunicados.
El docente encargado le dará el visto bueno con su firma en la boleta para tal fin, o en el Cuaderno de Comunicados y el estudiante lo presentará ante el Agente de Seguridad y vigilancia para poder salir de la Institución. El Agente de Seguridad y Vigilancia anotará en el Acta respectiva los datos del estudiante que sale de la Institución.
No podrán retirar estudiantes: personas menores de edad salvo solicitud expresa (escrita con copia de cédula acompañándola) del padre, madre o encargado (solamente en casos de fuerza mayor. La responsabilidad y seguridad del o la estudiante, una vez que abandone las instalaciones de la Institución, quedará en manos del solicitante.
Artículo IX: De la permanencia de estudiantes en el centro educativo luego de la salida oficial: De acuerdo a la responsabilidad que tenemos, ningún estudiante podrá permanecer más de 20 minutos dentro del campus institucional luego de la salida oficial, sin justificación alguna. El irrespeto a lo contenido en este artículo, permitirá proceder a dar parte a las autoridades del Patronato Nacional de la Infancia, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico.
Artículo X: De encontrarse dentro de las instalaciones a personas no autorizadas por el Agente de Seguridad y Vigilancia, o por omitir controles de seguridad establecidos en el protocolo, se le solicitará el retiro inmediato swl campus. De continuar en su negativa a abandonar las instalaciones se procederá a ser retirado por la Fuerza Pública u otra autoridad judicial competente.
Artículo XI: Rige a partir del día hábil siguiente a la comunicación a los padres de familia y que se evidencie el proceso de divulgación de esta Normativa específica.
Barrio Nuevo, El tejar de El Guarco.
lunes, 5 de septiembre de 2011
Bienvenidos a la Biblioteca de la Unidad Pedagógica de Barrio Nuevo
Estamos inaugurando este espacio donde todos y todas ustedes podrán encontrar material de interés en su trabajo como estudiantes. O como apoyo a los y las docentes.
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Cartago, Costa Rica
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